A continuación detallaremos algunas preguntas frecuentes en relación al despido en la empresa:

¿Qué puedo considerar despido?
Cualquier decisión adoptada de manera unilateral por el empresario responsable de la empresa que tiende a producir la extinción del vínculo laboral existente entre aquel y alguno de los trabajadores a su servicio.
¿Qué tipos de despido hay?
De una manera muy breve describiremos los tipos de despido, que pueden ser los siguientes:
–          Por causas objetivas: cuando el despido viene motivado por causas establecidas y tasadas legalmente en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
–          Por causa de fuerza mayor.
–          Despido colectivo: establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de los trabajadores.
–          Disciplinario: extinción del contrato basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
–          Fraudulento: Se da este tipo de despido cuando el contrato mismo se efectúa en fraude de ley.
–          Despido Improcedente.
–          Despido nulo: cuando tenga por móvil alguna de las causas de discriminación o se haga con violación de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas.
–          Despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
–          Tácito.
¿Qué abogado puede asesorarme en esta materia?
El profesional que deberá asesorarte en un despido empresarial será un abogado laboralista, experto en esta rama del Derecho.
Si lo deseas puedes calcular del finiquito tu mismo.
¿Qué pretensión puede tener el despedido en el proceso?
 El despedido podrá pretender que la decisión del empresario se estime injustificada y sea revocada, o bien sus efectos sean indemnizados.
 El empresario tiene la facultad de elegir entre la readminsión o la indemnización del trabajador, siempre que el fallo de la Sentencia haya declarado la Improcedencia del Despido.Los Representates Legales de Trabajadores tendrán la facultad de optar por la Readmisión o Indemnización en todo momento.
En caso de que el Despido fuese declarado Nulo, el Empresario tiene la obligación de reintegrar al trabajador a su antiguo puesto de trabajo de forma inmediata.
¿Qué plazo tengo para presentar la demanda de despido de la empresa?
El plazo es de 20 días hábilescontados a partir del día siguiente a la notificación, sin computar por tanto los Sábados, Domingos, ni Festivos. Señalando que este plazo es de caducidad a todos los efectos (artículo 103.1 LJS y 59.3 ET).